Los instrumentos internacionales de lucha contra las minas antipersonal

Compartir

Existen dos instrumentos jurídicos de lucha contra las minas, con dos enfoques distintos:

  • regulación de uso de todas las minas, antipersonal y antivehículos, en el marco de la Convención de 1980 sobre ciertas armas convencionales;
  • prohibición total de minas antipersonal en el marco de la Convención de Ottawa.

Convención de 1980 sobre ciertas armas convencionales (CCAC)

El Protocolo II de la CCAC sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos pretende reforzar las normas sobre el uso de estas armas en los conflictos. Exige, entre otras cosas, que las minas antipersonal dispongan de un mecanismo de autodestrucción y que se marquen, cerquen y vigilen los campos de minas. También prevé la obligación de limpiar territorios contaminados y de proteger a la población civil de los riesgos que presentan estas armas.

A finales de la década de 1980, quedó claro que este Protocolo era poco eficaz por el escaso número de Estados partes y por su ámbito de aplicación limitado a los conflictos internacionales. Así pues, el 3 de mayo de 1996 se aprobó un Protocolo II enmendado para ampliar las disposiciones previstas en el Protocolo II a los conflictos internos. Esta enmienda prevé también obligaciones más estrictas sobre el uso de minas, trampas y otros artefactos.

Cabe destacar que algunos Estados partes del Protocolo II decidieron dar preferencia al proceso de Ottawa antes que a la conclusión de un Protocolo II enmendado, y por ello se negaron a ratificar este Protocolo enmendado que, en diciembre de 2014, reunía a 101 Estados partes.

El Protocolo V de la CCAC sobre los restos explosivos de guerra, aprobado el 28 de noviembre de 2003 en Ginebra por los Estados partes de la Convención de 1980, se aplica a los restos explosivos de guerra, definidos como la munición sin estallar y la munición explosiva abandonada, situados en el territorio o en las aguas interiores de los Estados partes tras finalizar un conflicto. En diciembre de 2014, contaba con 86 Estados partes.

Está diseñado para completar y reforzar el régimen de protección de la población civil frente a los efectos de las hostilidades previsto en la Convención marco de 1980 y no trata de las armas, sino de medidas correctivas que se deben adoptar después de los conflictos para reducir al mínimo los riesgos relacionados con los restos explosivos de guerra.

Contiene disposiciones sobre limpieza, señalización, información, sensibilización, asistencia y cooperación, y permite tratar realmente, tras los conflictos, el problema humanitario que supone la plaga de los restos explosivos de guerra.

La Convención de Ottawa

La Convención de Ottawa, firmada en 1997, marca sin lugar a dudas una etapa mucho más señalada en el proceso de eliminación de las minas antipersonal, a medio camino entre el desarme, el derecho humanitario y la ayuda al desarrollo. Fija una norma clara y simple de prohibición total.

Así, el artículo primero de la Convención prohíbe el empleo, el desarrollo, la producción, el almacenamiento y la transferencia de minas antipersonal. También prohíbe a los Estados partes ayudar, estimular o inducir a cualquiera, de una manera u otra, a participar en una actividad prohibida según lo establecido en la Convención. Solo se contemplan dos excepciones: por una parte, en cuestión de almacenamiento y transferencia, para el desarrollo de técnicas de detección y de destrucción de minas; por otra, en cuestión de transferencia, cuando se realice para su destrucción.

La Convención impone a los Estados partes la obligación de destruir todas las minas antipersonal almacenadas o colocadas en su territorio. Se establecen plazos de cuatro años para destruir los arsenales y de diez años para limpiar las zonas minadas.

En términos humanitarios y de cooperacón al desarrollo, la Convención de Ottawa contiene, por otra parte, disposiciones para reforzar sustancialmente la cooperación y la asistencia internacionales para la limpieza de minas y la asistencia a las víctimas.

Así, el artículo 6 de la Convención insiste en la necesidad de reforzar la asistencia internacional en los ámbitos de la limpieza de zonas minadas y de la rehabilitación médica, social y económica de las víctimas de minas antipersonal.

Seguimiento del proceso de Ottawa

La primera Conferencia de examen de la Convención de Ottawa se celebró en Nairobi en 2004. Esta Conferencia supuso una ocasión para que los Estados partes hicieran balance de los cinco años de aplicación de la Convención y para reafirmar su compromiso con la eliminación total de las minas antipersonal en el mundo. La segunda Conferencia de examen de la Convención de Ottawa se celebró en Cartagena en diciembre de 2009. En ella se puso el acento en la cooperación y la asistencia a las víctimas y se adoptó una declaración política y un plan de acción muy operativo. La tercera Conferencia de examen se celebró en junio de 2014 en Maputo. Además de adoptar una declaración política ambiciosa y de actualizar el plan de acción, permitió revisar el funcionamiento de la Convención para hacerla más eficaz.

Además, cada año se celebra una conferencia de los Estados partes en Ginebra, a la que se suman dos reuniones entre sesiones. Estas citas permiten a las delegaciones nacionales exponer el avance de sus trabajos, compartir sus dificultades y crear vínculos entre países donantes y países en vías de desarrollo.

Perspectivas del proceso de Ottawa

La Convención de Ottawa cuenta hoy con 162 Estados partes y solo un país firmante.

Ha producido resultados innegables en muy poco tiempo (número de Estados partes, reducción de la producción y del número de víctimas al año, entre otros). Sin embargo, a pesar de los avances realizados, la no adhesión de los países que poseen los mayores arsenales (Estados Unidos, China, Rusia, Pakistán, India y Bielorrusia) contribuye a disminuir su alcance.

En esta óptica, el objetivo de los Estados partes debe ser favorecer la aplicación lo más universal posible de la Convención de Ottawa, cuya eficacia conviene reforzar, velando por que se mantenga su integridad y evitando fórmulas o maniobras que podrían llevar a disminuir su alcance.

Más información:

Actualización: diciembre de 2014